Inicio
Información
Artículos
Noticias
Contratación
Consultas
Contactar
Registrarse
Clientes
Francisco de las Heras
Francisco H.

Máster Dcho. Administrativo

+ 229 dudas resueltas

 Advertencia

Este artículo fue actualizado el 11-04-2009, con lo que las citas legislativas se refieren a textos legales vigentes en ese momento.

Apr
11

Las vacaciones se pueden recuperar al año siguiente en caso de enfermedad

Autor: Francisco de las Heras | | 5.137 Lecturas | Comentar!
(0 votos)

Recientemente se ha conocido una importante sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 24 de junio de 2009 (dictada en casación para unificación de doctrina) en materia de reconocimiento del derecho a disfrute de vacaciones después de una situación de baja por incapacidad temporal.

Con esta sentencia, el TS, que cambia su doctrina mantenida con anterioridad, se ha acogido a la sentencia del Tribunal del Justicia de lasFamilia de vacaciones y baja por enfermedad Comunidades Europeas de 20 de enero de 2009, en el sentido que estima que la obligación de la empresa no tan solo se limita a fijar la fecha en la que el trabajador haya de disfrutar de su descanso de vacaciones anuales. Sino que también la empresa deberá tener presente que, a salvo de supuestos muy concretos, los trabajadores deberán disfrutar de vacaciones cuando se encuentren en condiciones físicas y mentales adecuadas, y que por ello “no cabe entender que un trabajador en situación de Incapacidad Temporal (baja médica) pueda disfrutar adecuadamente de la finalidad atribuida a las vacaciones”.

En consecuencia, estima el Tribunal Supremo que la existencia de un pacto colectivo o individual que hubiera fijado ya el calendario de disfrute de vacaciones no puede impedir el disfrute de las mismas en plenas condiciones, por lo que es perfectamente legítimo pretender librarse del sometimiento a la fecha de las vacaciones pactadas colectivamente, y que en consecuencia, es lícito que el trabajador pueda solicitar un nuevo período de descanso, siempre y cuando la empresa no aduzca o acredite perturbación en la organización por el cambio de fecha (motivado por la IT) previamente acordado. Por tanto, no es un derecho automático del trabajador, por cuanto la empresa podrá denegar esta solicitud del trabajador si estima que es incompatible con sus legítimos intereses empresariales de organización y dirección en el centro de trabajo, si bien, obviamente tendrá que acabar demostrando estas circunstancias si el tema se judicializa. Asimismo, la resolución judicial también aclara que “tiene que ser distinto el tratamiento que merece la incapacidad temporal que surge durante el disfrute de las vacaciones, pues es un riesgo que, en tal situación, ha de asumir el propio trabajador con aquella otra que se produce con anterioridad al período vacacional y que impide el disfrute de éste en la fecha señalada en el calendario previsto".

En consecuencia, y en férrea observancia de las circunstancias de cada caso, con esta sentencia del TS que crea Jurisprudencia, se podrían activar todos aquellos casos que no estén prescritos sobre denegación del disfrute de vacaciones por haber coincidido con un proceso de baja médica.



Valorar:

(0 votos)
Comentarios (0)
Escribe un comentario
 
 
Nombre:
Email:
Código de Seguridad 
 
Por favor, por seguridad introduzca el texto que ve en la imagen (sin espacios) en el cuadro de texto siguiente. Es necesario para evitar ataques de registro y envío automático de formularios.
Captcha
Política de Seguridad y Privacidad 
 

Toda la información que envíe a nuestro sitio web es segura y privada en una conexión segura (SSL). Puede leer acerca de nuestra política de privacidad aquí: POLÍTICAS Y SEGURIDAD DE DATOS.
1. Resposable de los datos: IusLegis Abogados.
2. Datos recopilados:
    2.1. Nombre: Público y mostrado junto a comentario.
    2.2. Email: Privado y oculto, sólo para notificar respuestas recibidas.

Artículos relacionados:

Junta de propietarios: impugnar un acuerdo

Para poder impugnar un acuerdo de la Comunidad de Propietarios debemos cumplir una serie de requisitos y estar dentro del plazo máximo que establece la Ley...
¿Las personas que alquilan un piso deben pagar gastos de Comunidad?

Se analiza quién es el sujeto obligado al pago de los gastos de una comunidad de propietarios ¿El propietario del piso o quien lo ha alquilado?...
¿Cómo librarse de una ejecución hipotecaria?

Ahora que, decididamente, estamos en época de crisis económica y los impagos empiezan a multiplicarse, hemos de saber cómo podemos libr...