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Mar
15

Aprobación del Plan de Vivienda 2018-2021, una apuesta por fomentar el alquiler y la rehabilitación con carácter prioritario

Autor: M.H Caba | | 3.146 Lecturas

El Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, se publicó el pasado 10 de marzo en el BOE. Nos encontramos con un ambicioso Plan con un horizonte temporal de cuatro años que asume que su éxito dependerá, en buena medida, de su capacidad para generar actividad y empleo; es decir, de su capacidad para multiplicar cada euro invertido en riqueza y bienestar para el país, mediando una significativa creación de puestos de trabajo.

Novedades más destacables:

Ayudas al alquiler de hasta 900 Euros:

Compra y alquiler de viviendasEn primer lugar, en relación con las ayudas al alquiler se mantiene el mismo límite del 40 % de la renta del alquiler anteriormente existente, si bien suprimiendo el límite de 200 euros/mes. Incorporándose la posibilidad de otorgar ayudas al alquiler a beneficiarios que abonen una renta de hasta 900 euros/mes.

Igualmente, en relación a dichas ayudas:

  • Se otorgan en función del nivel de ingresos económicos de las personas.
  • Se calculan en función de los ingresos de la unidad de convivencia, no de los individuos.
  • Limitan la cuantía de los alquileres que se financian, evitando la subvención de alquileres elevados, que no está justificado que financie el Estado.
  • Subvencionan una proporción del alquiler, sin establecer una cuantía fija, para evitar efectos inflacionistas.

Permanencia calificación VPO de 25 años:

Se da un nuevo impulso al fomento de viviendas en alquiler, mediante un programa que incentiva económicamente su promoción pública o privada, exigiendo un compromiso de permanencia mínima en esos regímenes de 25 años, al tiempo que fija rentas y precios máximos en función de los niveles de ingreso tope que se establecen para el inquilino.

Ayudas de hasta el 100% del alquiler frente a desahucios o lanzamientos:

También es de destacar la incorporación de ayudas a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual, especialmente vulnerables, cuya finalidad es facilitar el disfrute de una vivienda digna y adecuada a todos aquellos que hayan o vayan a perder su vivienda habitual, por no poder hacer frente al pago del alquiler o de las cuotas del préstamo hipotecario. Se trata de un programa que pone a disposición de las personas que se encuentren en situación de desahucio o lanzamiento, y con escasos recursos económicos, las viviendas desocupadas y disponibles de las entidades de crédito, o de otros tenedores de vivienda, para ser ocupadas en régimen de alquiler, previéndose una ayuda económica para el mismo que puede alcanzar hasta el 100% de la renta.

Ayudas a la rehabilitación:

Se incorporan ayudas a la rehabilitación de viviendas unifamiliares, ya sean de naturaleza urbana o rural, y las ayudas individuales a las viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.

Ayudas a jóvenes:

viviendas para jóvenesEn cuanto a los jóvenes, esta norma les facilita el acceso a una vivienda en alquiler. Ello se realiza a través de ayudas que suponen una parte muy significativa de la renta mensual si se cumplen determinadas condiciones entre las que figura un precio máximo del alquiler. También ayuda a la compra de vivienda localizada en municipios de pequeño tamaño, es decir, de menos de 5.000 habitantes a las personas jóvenes que pueden tener mayores dificultades para adquirir una vivienda en el mercado. Para ello, se establece una ayuda económica directa que se abona en aquellas adquisiciones de vivienda por parte de jóvenes que se encuentren por debajo de cierto nivel de ingresos y no sean titulares de otra vivienda. Por último, se incrementan las ayudas a los programas de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas cuando los beneficiarios sean personas jóvenes.

Fomento viviendas personas mayores y discapacitados:

Para finalizar, cabe destacar que se establece un programa de fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad, ayudando a la promoción de edificios y conjuntos residenciales que cuenten con instalaciones y servicios comunes adecuados para ellas, tales como asistencia social, atención médica básica, limpieza y mantenimiento, dispositivos y sistemas de seguridad, restauración, actividades sociales, deportivas, de ocio y culturales, así como terapias preventivas y de rehabilitación, que contribuyen a mejorar su calidad de vida y que constituye un ámbito de actividad orientado al futuro que es necesario apoyar desde las Administraciones Públicas. Las viviendas que obtengan financiación con cargo a este programa solo podrán ser ocupadas en régimen de alquiler o de cesión en uso, con renta o precio limitado, por personas mayores o con discapacidad con recursos económicos limitados.