
• Posibilidad de constitución en Comunidades de Propietarios en construcción, en edificios “sobre plano”, además de extender la regulación a “otras comunidades de propietarios”.
• Especial contribución a gastos cuando lo acuerdan 4/5 partes de los propietarios, con el límite del doble de su cuota de titularidad.
• Posibilidad de establecimiento de cuotas especiales para gastos determinados.
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