Hola, quiero explicar mi caso y saber qué puedo...

Avatar de anónimo por 76
Hola, quiero explicar mi caso y saber qué puedo hacer. Hace unos años (2011) construí una casa de madera en una urbanización donde residimos más de 140 chalets pero de manera "ilegal o alegal" debido a que los terreno son rústicos no urbanizables.

Desde entonces, estoy empadronado en este terreno y en esta casa he vivido durante años, por lo que tenía mi servicio de agua con su acometida de manera legal y de luz. Pero en 2017, una sentencia judicial hizo que el ayuntamiento derribara mi casa (la única de más de 1400 vivienda ilegales en Teruel) pero el caso no es está en esto, sino que para el derribo, el ayuntamiento ordeno el corte todos los suministros, tanto de luz como de agua.

Debido a esta situación, me compré 1 casa móvil para poder vivir en este mismo terreno al no disponer de medios para otra vivienda, ya que entiendo que una casa móvil, al tratarse de un bien mueble, en teoría podría colocarlo en mi terreno rústico.

El problema ha venido, cuando he vuelto a solicitar que me vuelva a dar mi servicio de luz y agua para poder vivir (recuerden que es mi domicilio y lugar de empadronamiento y no dispongo de otro, por lo que es mi única residencia) y el ayuntamiento se niega a darme dichos suministros. El de luz, existen métodos actualmente para subsanarlo, pero el agua no debido a que tampoco me permiten la instalación de un pozo.

¿Puede negarme el ayuntamiento el suministro agua tratándose de mi domicilio y donde estoy empadronado cuando tanto la acometida como la instalación están operativos y todos los terrenos linderos disponen de este servicio?

Entendería en cierto modo que si fuese una nueva acometida, podrían negarse, pero no pido una acometida nueva, sino volver a dar el suministro que ya dispuse durante 10 años. Todos los chales, casas y terrenos disponen de agua y en mi caso se niegan a dármela. El suministrador de agua de mi localidad (SASTESA) me dice que ellos no tienen problema pero que si no da permiso el ayuntamiento no puede darme suministro. ¿Qué puedo hacer? ¿Es legal que se nieguen a dármela?
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2 Respuestas

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Avatar de G.M Carvajal
por colaborador (1,1K ) 0
Le recomiendo que lea este artículo donde mi compañero analiza la problemática con los Ayuntamientos que no prestan el suministro de agua cuando están obligados. Respecto a las casas prefabricadas, tal y como hemos contestado a otras personas, son instalaciones que necesitan licencia urbanística con carácter general para su instalación en suelo rústico (no urbanizable).
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Avatar de Francisco de las Heras
por principiante (620 ) 0

El suministro de agua potable es un servicio municipal obligatorio. El Ayuntamiento no puede denegarlo alegando irregularidades urbanísticas de las edificaciones o viviendas (Sentencia Tribunal Supremo de 14 de febrero de 1994, EDJ 1246), todo ello en aplicación del art. 26 de la LRBRL.

Al ser suelo rústico le pueden pedir, si usted reside legalmente la licencia de primera ocupación y si su construcción es irregular pero está prescrita (por pasar el plazo máximo para poder odrdenarle la demolición) le pueden exigir que tramite un procedimiento declarativo de la situación legal de fuera de ordenación de la construcción.

En todo caso, los Ayuntamientos autorizan la conexión con la red municipal siempre que el punto de conexión sea accesible desde la finca sin necesidad de discurrir por otras propiedades privadas, pero siempre le van a exigir que sea usted quien corra con los gastos de la ejecución de la acometida, es decir que usted debe costear y ejecutar las infraestructuras de conexión a la red general.

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