Como regla general la urbanización de viales en suelo rústico o no urbanizable no está permitida, es un uso impropio para esa clase de suelo y no podrá ser autorizada la implantación de servicios tal y como lo comenta, cuestión distinta será el acondicionamiento de caminos y acceso a parcelas o fincas, con lo que habría que estudiar el caso concreto para poder asistirle