Habría que saber si la sentencia que ordena la demolición es firme, es decir que no ha sido recurrida en segunda instancia.
Al margen de cualquier actuación judicial, existe la acción pública en materia de urbanismo que le permite emprender una acción contra una actuación contraria a la ordenación urbanística en defensa del orden jurídico perturbado y la realidad física alterada de forma ilegal, debiendo presentar una denuncia ante el Ayuntamiento de la localidad en la que se ejecutó la obra.

