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Buenos días. Excelente artículo, pero me queda...

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Buenos días. Excelente artículo, pero me queda una duda importante. A día de hoy, años después del artículo, el propietario de un terreno urbanizalble ¿tiene la potestad de efectuar el pago de la parte que le corresponde de urbanizar el terreno mediante entrega de suelo de su propiedad?. Y de ser asi, para acogerse a ésta opción de pagar mediante suelo, debe demostrar que no puede pagar con dinero o, aun teniendo poder adquisitivo, puede optar por entregar suelo sea cual sea su situación económica? (sin poder oponerse la empresa que realiza las obras a recibir el pago en suelo)... Escribo desde Almería. Muchas gracias.

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por G.M Carvajal observador (100 )
Hay varios momentos en los que los propietarios pueden optar por no pagar en metálico las cuotas y cargas de urbanización, no es necesario en ninguna de estas situaciones acreditar solvencia o imposibilidad de afrontar pago de las mismas en metálico. Por ejemplo, un propietario puede decidir no adherirse al sistema y que le expropien sus derechos a favor de la Junta de Compensación (opción poco recomendable por la pérdida económica), o bien decidir adherirse al sistema y una vez adherido hacer frente a los gastos del sistema con pago en suelo (aprovechamientos) a su libre elección. No obstante la casuística es muy grande y para evitar perjuicios y daños económicos importantes le ofrecemos nuestros servicios para todo aquello que precise.
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Gracias por la respuesta, en las licencias de obra el ayuntamiento hace referencia a txoko u otras viviendas. No hace referencia nunca a caseta de aperos ni nave. Muchas gracias.
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